Les dejo la web de la marca por si alguna no la conoce:
http://www.biorder.com.ar/
OJO! Cuando dice COLABORADORA para pasantía, las pasantías deben ser pagas acorde a la ley.
Cuál es la ley de pasantias? ésta es la última ley a la que las empresas deberían acatarse:
http://www.esderecho.com.ar/nueva-ley-de-pasantias-26427/
En resumen dice que:
*tiempo máximo de extensión de esa práctica se limita a un año y fija una jornada laboral de cuatro horas diarias -como máximo 20 semanales-.
*estipula el pago de un monto no remunerativo para los pasantes no menor al salario básico de convenio colectivo que se aplica al establecimiento donde se realiza la práctica laboral en forma proporcional a la carga horaria.
*este régimen no se podrá usar para crear nuevos empleos, cubrir vacantes o reemplazar personal. Y sostiene que en caso de incumplimiento de la empresa o de duda se entenderá que la relación es de naturaleza laboral, por lo que corresponderán las sanciones e indemnizaciones de una relación laboral no declarada. La ley tiende a desalentar el uso del contrato de pasantía para disimular una relación laboral, como es muy común en la actualidad.
Agrego una nota que habla del fraude laboral y las pasantías: